Diario AHORA EL PUEBLO / La Paz.- De acuerdo con el testimonio del exvocal del TED de Potosí, Elías Isla Paco, la noche del 21 de octubre de 2019 el presidenciable Carlos Mesa y el cívico Marco Antonio Pumari coordinaron para desmoronar el proceso electoral en ese departamento, lo que derivó en la quema del edificio donde se contaban las actas.
En entrevista con Bolivia TV, la exautoridad electoral relató cómo entre el 20 y 21 de octubre hubo movilizaciones en Potosí con el pretexto de un fraude electoral que hasta ahora no se comprueba, y que los ciudadanos alentados por Marco Antonio Pumari causaron millonarias pérdidas al Órgano Electoral
Recordó que la noche del 21 de octubre los vocales hacían el cómputo de las actas en el edificio y que desde la calle eran insultados y amenazados por los movilizados. Incluso les lanzaban piedras a las ventanas.
Añadió que a pesar de ello con representantes de la Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, partidos políticos y demás instancias se avanzaba con el cómputo de las actas.
“Los del Comité Cívico (Comcipo) solicitaron fotocopias de las actas y también digital, pero era sólo una situación distractiva porque luego le llama Carlos Mesa a este señor Pumari, se retiran del Tribunal Electoral y nos dejan con los crespos hechos porque no vuelven más. (Pumari) sigue convocando a la gente y, en la noche, el comandante (de la Policía, coronel Williams) Villa nos dice textual: ‘Esto va a arder, nosotros no garantizamos’. Preocupados en Sala Plena le pedimos que refuerce, pero no recuerdo si lo hizo”, detalló a la televisora.
Los uniformados hicieron un callejón y los vocales salieron del edificio con su ayuda.
“Nos ponemos a buen recaudo, Pumari y sus secuaces nos buscaron en todos los autos poniendo en riesgo las vidas y, a la media hora, en las redes y grupos de trabajo vemos que el Tribunal Electoral Departamental (TED) estaba ardiendo, era una cosa espantosa, nunca se había visto algo así en el país ni en Latinoamérica. Lo queman el TED y Pumari, en uno de los tantos videos, dice que el comandante les ha dejado el TED, pero si hablaban de fraude, ¿por qué quemar las pruebas del fraude?”, se cuestionó.
El hecho
Días antes de la jornada electoral del 20 de octubre de 2019, Pumari ya había propagado el rumor de que se estaba gestando un fraude electoral.
El 20 de octubre irrumpió con sus seguidores en el edificio del TED y, a pesar de evidenciar que no había nada ilegal, salió a la calle y siguió convocando a la gente para que se movilice.
HIJO DE MANUEL SOLICITA BAJA MÉDICA
Ante los rumores de que el hijo del líder cívico potosino Juan Carlos Manuel, el teniente Manuel fue separado de la Policía y que sería dado de baja si no dice dónde está su padre, el comandante de la Policía, general Jhonny Aguilera, desmintió estos trascendidos.
“Es falsa, el teniente Manuel, hijo de Juan Carlos Manuel, ha solicitado su baja médica por tener una mano enyesada, él goza de este permiso y no se le está presionando para que brinde datos de su padre. No hay razón para darle de baja, las faltas (que pudiera cometer) son personales y no hay una orden de búsqueda o apremio contra su padre”, afirmó.
Al respecto, el ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, dejó en claro que Juan Carlos Manuel no tiene una orden de aprehensión pendiente de ejecución por la Policía.
El viceministro de Régimen Interior, Nelson Cox, recordó que Manuel se ha declarado en la clandestinidad y que está evadiendo la justicia, porque “cuando hay predisposición para someterse a la justicia se presenta, o de lo contrario, algo quiere ocultar”.
“Las personas involucradas deben rendir cuentas”, dijo.
PUMARI ES INVESTIGADO POR INCITAR A QUEMAR DEL EDIFICIO
La semana anterior se aprehendió al excívico Marco Pumari, en la ciudad de Potosí, y se lo trasladó a Betanzos.
El fin de semana se dispuso su reclusión preventiva por seis meses en el penal de San Miguel de Uncía.
Juan Carlos Manuel, actual presidente cívico, se declaró en la clandestinidad.
Él fue acusado de irrumpir, con Pumari y Ramiro Subia, la sede del TED potosino, la noche del 20 de octubre de 2019.
Persecución: ¿política, judicial o penal?
Por Israel Quino /ABI.- En octubre del año 2019 en Potosí, un grupo de manifestantes expresan su rechazo al conteo de votos en fase de escrutinio y consolidación de resultados electorales, generan una movilización que se desborda, se toman esas instalaciones para luego prenderles fuego tanto al TED como al SERECÍ de ese departamento.
Este hecho fue denunciado contra los autores ante la fiscalía el 22 de octubre de 2019 por delitos de: robo agravado, destrucción y deterioro de bienes del Estado, allanamiento de domicilio y sus dependencias, asociación delictuosa, incendio e instigación pública a delinquir y tras los actuados investigativos se amplió a delitos electorales; y cuyo principal denunciante fuera designado, por el exgobernante del régimen de transición, como Vocal Electoral Departamental (Ley 018, Art. 33.1) y que luego fuera elegido presidente de esa misma institución (TED-Potosí).
A pesar de la retardación de justicia, luego de dos años de investigación penal, según la Fiscalía, se identificaron a los autores del delito de obstaculización de procesos electorales (Ley 026, Art. 238.h), se expide un mandamiento de aprehensión que tiene 19 páginas (CPP – Art. 226) y se lo pone a disposición de un juez cautelar.
El juez de control jurisdiccional (cuando se toma razón de la causa) es del municipio de Potosí, una vez ejecutado el mandamiento se conduce al aprehendido a celdas policiales en el municipio de Betanzos porque es deber del Estado garantizar y resguardar la integridad personal del procesado, la realización de la audiencia cautelar se realiza en el municipio de Llallagua con altas medidas de seguridad a objeto de evitar cualquier posibilidad de conflictividad social, y el mandamiento de detención se dispone que judicialmente se cumpla en el municipio de Uncía; como se advertirá, en ningún caso se dispuso cambiar al juez natural, que es de la jurisdicción del departamento de Potosí, lo contrario hubiera sido una franca vulneración a los derechos fundamentales y garantías jurisdiccionales del hoy imputado.
El Artículo 238 inciso h) tipifica como delito electoral a la obstaculización de procesos electorales hacia “la persona que promueva desórdenes o por cualquier medio obstaculice, obstruya o impida la realización o desarrollo de procesos electorales, referendos o revocatorias de mandato, o que evite que las autoridades y sujetos electorales ejerzan sus atribuciones y derechos en un determinado espacio territorial del país, será sancionada con pena privativa de libertad de dos (2) a cinco (5) años (…)”. Entonces no sólo es un delito ordinario que se investiga sino, además, un delito electoral, por ello la complejidad del caso en cuestión.
Son ineludibles los manifiestos políticos sobre los recientes hechos resueltos por la justicia ordinaria a partir de la detención preventiva de un exmiembro de un comité cívico en el país.
Actores políticos, que sin temor a equivocaciones afirman que es una persecución política, a pesar de los antecedentes investigativos penales que concurren al respecto, existe hoy una crítica en los ojos del mundo hacia Bolivia (OEA – GIEI, ONU – CAT) donde estos organismos internacionales identifican persecución judicial e independencia judicial; sin embargo, lo que sí existe es una razón de ser en material procesal – constitucional y es la: persecución penal. Las tres dimensiones que, según la óptica desde donde se le mire, son tan similares como contrapuestas entre sí, aunque la última sí posee una estructura constitucional vigente.
La decisión fue de la justicia. Todos los procesos penales en Bolivia, incluido este caso, por supuesto, deben resguardar en su triple dimensión como: principio jurídico, derecho humano y garantía jurisdiccional al debido proceso y la presunción de inocencia del procesado.