La Paz, (ABI).- El Gobierno, mediante el Decreto Supremo N° 4404, definió que todas las personas que quieran ingresar a Bolivia deben tener una prueba PCR de COVID-19 con resultado negativo y con una vigencia de 72 horas.
“Las personas nacionales o extranjeras, que ingresen a territorio nacional, (…) deben presentar en los puntos de control migratorio, además de los requisitos formales de ingreso, el certificado de la prueba de análisis RT – PCR para COVID-19 con resultado negativo, con una vigencia de 72 horas a la fecha programada de ingreso”, cita el artículo 17 de la nueva normativa.
Es decir, deben cumplir este protocolo todas las personas que ingresen a territorio nacional ya sea por vía aérea, terrestre, fluvial o lacustre.
Además, se determinó que, en los municipios fronterizos, las personas que realizan actividades comerciales de tránsito fronterizo, deberán sujetarse a los protocolos de bioseguridad y control epidemiológico, establecidos por el Ministerio de Salud en coordinación con las alcaldías.
Asimismo, las instituciones y entidades públicas o privadas que desarrollan sus actividades en aeropuertos internacionales, deben realizar a su personal las pruebas de control periódico de COVID-19.
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