Conozca más nombres de los espiados por el régimen de Añez

Por Iván Bustillos / LA RAZON.- El Viceministerio de Transparencia del gobierno de Jeanine Áñez presumía “actos de corrupción”, con “daño económico al Estado”, por parte de las 592 personas de quienes pidió al Segip sus tarjetas prontuario, según la correspondencia remitida al respecto.

Las notas oficiales, a las que tuvo acceso La Razón, cursadas entre el viceministro de entonces, Guido Melgar; el director interino del Servicio General de Identificación Personal (Segip), Mauricio Fernández Méndez, y el supervisor dactiloscopista Wilson Ramos evidencian que el pedido de los files formalmente respondía a una investigación a dichas personas.

En su nota al Segip del 5 de febrero, Melgar justifica su “solicitud de información” (el pedido de las tarjetas prontuario) en el artículo 28 del Decreto 29894 de febrero de 2009: “Realizar seguimiento y monitoreo de los procesos en los que se pretenda recuperar fondos y/o bienes del Estado sustraídos por actos de corrupción”.

Entre los presuntos corruptos, según las listas a las que pudo acceder este medio, están analistas, académicos, periodistas, exautoridades de los gobiernos de Carlos Mesa, Eduardo Rodríguez Veltzé y Evo Morales, familiares de esas exautoridades, e inclusive la  pequeña hija del exvicepresidente Álvaro García Linera.

Tras conocerse este último extremo y la protesta por parte de García Linera sobre la agresión a su hija, en respuesta el exministro de Gobierno Arturo Murillo, mediante un tuit enfatizó que “jamás investigamos a niña (sic)”.

La presunción de que las 592 personas de quienes se solicitó sus tarjetas prontuario habían cometido “actos de corrupción” fue la razón para que el Segip facilitara dicha información. Lo evidencia el Informe Legal 100/2020, del 17 de febrero de 2020, que dirigió el entonces supervisor dactiloscopista Wilson Ramos al director interino de la institución, Mauricio Fernández Méndez.

En las “conclusiones y recomendaciones” de dicho informe, si bien en la primera línea el supervisor Ramos dice que “Por lo expuesto no es posible atender la solicitud del Viceministerio de Transparencia Institucional” (que no es posible entregar las tarjetas prontuario de las referidas 592 personas), a punto seguido añade que “sin embargo”, habiendo un convenio (de septiembre de 2019) entre el Ministerio de Justicia (del que depende Transparencia) y el Segip, el Ejecutivo puede “obtener los datos de los ciudadanos bolivianos y extranjeros” con el fin de “lucha contra la corrupción”. Y el funcionario añade: “se recomienda acceder al servicio que el Segip puso a disposición del Ministerio”.

Y, para rematar la presunción de “corrupción” por parte de las 592 personas, en nota del 10 de marzo que envía el director interino Fernández al viceministro de Transparencia Melgar, se lee que el Segip remite las tarjetas prontuario para “coadyuvar a esa Cartera de Estado en casos de delitos de corrupción y vinculados que causen daño económico al Estado”.

Carlos Villegas, el fallecido presidente de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), en enero de 2015, y la concejala María Cecilia Chacón (Soberanía y Libertad, Sol.bo) figuran en la lista de las 592 personas cuya “hoja prontuario” fue cedida por el Segip al Viceministerio de Transparencia.

En una nueva lista  a la que tuvo acceso La Razón, aparte de la concejala Chacón de la agrupación opositora al MAS, también figura la exdiputada disidente del MAS Rebeca Delgado y la esposa del concejal paceño Fabián Siñani (Sol.bo).

Destaca también que entre los investigados por Transparencia del anterior gobierno esté el exrepresentante de la Defensoría del Pueblo en Cochabamba Nelson Cox, actual candidato por el MAS a la Gobernación de ese departamento.

También figura las exministra de Autonomías, la poeta Claudia Peña.

https://www.la-razon.com/nacional/2020/12/18/el-gobierno-transitorio-presumia-corrupcion-en-las-592-personas-que-investigo/

Régimen de Áñez rompió protocolo de protección de datos de 592 personas pese a prohibiciones de reglamento

La Paz, 18 dic (ABI).- El régimen de Jeanine Áñez vulneró, en febrero de 2020, la protección de “tarjetas prontuario” de 592 personas pese a una prohibición expresa de reglamento del Servicio General de Identificación Personal (Segip) que protege los archivos de datos personales de todos los habitantes del país.

La Agencia Boliviana de Información (ABI) tuvo acceso a documentos del caso en los que se conoce de la solicitud del exviceministro de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, Guido Melgar, mediante carta y lista adjunta.

“En este sentido y de acuerdo a nuestras atribuciones establecidas en el Decreto Supremo 29894 de 7 de febrero de 2009, de la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, Art. 28 inc, f) “Realizar seguimiento y monitoreo de los procesos en los que se presenta recuperar fondos y/o bienes para el Estado sustraídos por actos de corrupción”, concordante con el Art. 24 de la Constitución Política del Estado, SOLICITO respetuosamente a su autoridad, tenga a bien remitirnos las tarjetas prontuario de las personas que se adjuntan en documento anexo”, se lee en parte de la carta enviada por la exautoridad al Segip el 5 de febrero de 2020.

La misiva fue enviada al entonces director ejecutivo del Servicio General de Identificación Personal, Mauricio Gustavo Fernández Méndez, quien en respuesta presentó el informe “SEGIP/LEGAL/100/2020” al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.

“En respuesta a la nota NE/MJTI/VTILCC/DGCC/URBIF/Nº34/2020 mediante la cual su autoridad solicita información para coadyuvar a esa Cartera de Estado en casos de delitos de corrupción y vinculados que se causen daño económico al Estado, remito en anexo a la presente las tarjetas prontuario de las personas requeridas en listado en documento recibido”, se lee textual en la carta de respuesta que tiene sello de recepción del 12 de febrero del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.

En el informe presentado por Fernández, se advierte lo establecido en el Artículo 61 del Reglamento del Registro Único de Identificación Personal en relación a la prohibición de entregar documentos de archivo físico o digital.

El parágrafo I del mencionado Artículo determina: “No podrá entregarse ningún documento original de archivo, ni manipularse el mismo fuera de las oficinas del Servicio General de Identificación Personal”.

A eso se añade el parágrafo II, donde se indica que los servidores públicos del Segip “están prohibidos de extender fotocopias simples, autenticadas o legalizadas, de las Tarjetas de Identificación Personal Históricas o Digitales”.

Pese a ello, el informe del Segip entregado en respuesta al entonces viceministro Melgar proporciona los documentos requeridos con el argumento de un acuerdo interinstitucional vigente desde 2019, en el marco de la transparencia y lucha contra la corrupción.

“Por lo expuesto no es posible atender la solicitud del Viceministro de Transparencia Institucional; sin embargo, hacer conocer que se tiene un convenio suscrito en fecha 30 de septiembre de 2019 entre el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional y el Servicio General de Identificación Personal cuyo objeto es precisamente el de poner en vigencia mecanismos de acceso a la información del Sistema de Registro Único  de Identificación Personal – SRUI del SEGIP”, se lee en parte de conclusiones.

El SRUI es un Sistema de Identificación Personal del Estado Plurinacional que registra, almacena, procesa, actualiza y protege los datos de bolivianas, bolivianos, y de extranjeras, extranjeros radicados en Bolivia, bajo criterios y parámetros establecidos por el Segip.

Además, el documento especifica que, a partir del informe y en base al acuerdo de 2019, el Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción puede obtener “los datos de los ciudadanos bolivianos y extranjeros con residencia nacional, para la aplicación de estrategias, políticas preventivas, sancionatorias de lucha contra la corrupción, recuperación de bienes del Estado y la verificación de oficio de declaraciones juradas de bienes y rentas por parte de esa Cartera de Estado; convenio que se encuentra a la fecha vigente; por lo que se recomienda acceder al servicio que el Segip puso a disposición del ministerio”.