ERBOL.- El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados Víctor Borda advirtió este martes a los funcionarios del Servicio Nacional de Migración, fiscalías departamentales y Policía Boliviana, con iniciarles procesos penales si alguna autoridad del gobierno transitorio y legisladores logra salir del país contraviniendo la Ley del Arraigo.
“Aquella autoridad que no cumpla la ley y que ayude, coadyuve, a que cualquier autoridad fuge del país es responsable también penalmente y se le podrá iniciar cualquier tipo de procesos penales”, afirmó Borda.
En su calidad de presidente de la Comisión, a través de los medios recordó a las tres instituciones que hay una ley que determina que ningún funcionario público, llámase presidentes, ministros, senadores y diputados pueden abandonar el país por el plazo de tres meses
La presidenta en ejercicio, de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Eva Copa, promulgó el 14 de octubre pasado la Ley de Permanencia Obligatoria en Territorio Nacional de Autoridades del nivel central del Estado y de Entidades Autónomas.
La norma alcanza también a gobernadores, alcaldes y máximas autoridades salientes, además de asambleístas plurinacionales, departamentales y concejales que administren recursos fiscales, a permanecer en el país por el espacio de tres meses, una vez que dejen el cargo.
El Órgano Ejecutivo acudió al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) el 11 de septiembre, a una consulta de constitucionalidad por considerar “política y revanchista”, de parte del MAS. La ley dispone que la Contraloría General del Estado remitirá a la dirección de Migración, el listado de las autoridades señaladas y en actual ejercicio.
Sin embargo, la Misión en Bolivia de la Alta Comisionada para Derechos Humanos advirtió que ese proyecto transgrede los estándares internacionales de los derechos humanos. Dijo que, si bien la rendición de cuentas es fundamental, “su realización no debe violentar la presunción de inocencia y el debido proceso, ni colocar una restricción indebida al derecho a la libertad de circulación que incluye la potestad de toda persona a salir libremente de su país”.
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