EL CIUDADANO/ Chile.- Este jueves, la Comisión de Sistema Político de la Convención Constitucional aprobó en general la norma que declara a Chile como un Estado Plurinacional e Intercultural.
La iniciativa, patrocinada por 16 constituyentes, indica que los pueblos indígenas “son titulares del derecho de libre determinación, así como de los demás derechos colectivos reconocidos y garantizados en el marco de esta Constitución y en el Sistema Internacional de los Derechos Humanos y de los Pueblos Indígenas”.
La norma busca asegurar además que los pueblos indígenas tengan derecho a la autonomía y al autogobierno, además de reconocerse sus territorios, patrimonio, lengua, cultura, instituciones y jurisdicciones.
Así, la propuesta establece que “el Estado deberá garantizar la efectiva participación de los pueblos indígenas en el ejercicio y distribución del poder, incorporando su representación en la estructura del Estado, sus órganos e instituciones, así como su representación política en órganos de elección popular”.
El Estado también tendrá que garantizar el diálogo intercultural en el ejercicio de las funciones públicas para reconocer la diversidad étnica de los pueblos preexistentes, que son los mapuche, aymara, rapa nui, lickanantay, quechua, colla, diaguita, chango, kawashkar, yaghan, selk’nam, y otros que puedan ser reconocidos por la ley.
Ahora, se espera construir el texto de la iniciativa de manera sistematizada con todas las propuestas aprobadas, para que los constituyentes puedan presentar indicaciones al proyecto y luego votarlas.
Con los 25 integrantes de la instancia, que encabeza Rosa Catrileo y Ricardo Montero, comenzaron las votaciones aprobando en general la norma de Estado Plurinacional que señala que se reconoce a las naciones preexistentes como titulares de derecho de libre determinación (94-1) y además la iniciativa de la convencional Rapa Nui Tiare Aguilera que plantea la libre determinación de los pueblos como un derecho esencial (389-1).
Que haya sido aprobada en general, significa que se aprueba la idea del contenido de la norma, la que una vez aprobada se le pueden presentar indicaciones, esto es, precisiones o ajustes que pueden modificarla, para luego someterse a las votaciones de plenaria con los 2/3 requeridos.
Contenidos de la norma aprobada en la Comisión.
Plurinacionalidad: Chile es un Estado Plurinacional y reconoce la Libre determinación de los pueblos
Los pueblos y naciones indígenas son preexistentes al Estado, titulares del derecho de libre determinación, así como de los demás derechos colectivos reconocidos y garantizados en el marco de esta Constitución y en el Sistema Internacional de los Derechos Humanos y de los Pueblos Indígenas.
- derecho al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales.
- derecho a la autonomía y al autogobierno, a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua
- derecho al reconocimiento de sus tierras, territorios, maritorios, de la naturaleza en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos
- derecho al reconocimiento de sus instituciones y jurisdicciones propias y a participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.
Asimismo, establece que será responsabilidad del Estado Plurinacional promover y garantizar la participación de los pueblos indígenas en el ejercicio y distribución del poder, siendo incorporados en la estructura del Estado, órganos e instituciones.
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