Bolivia Digital.- La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados iniciará el tratamiento del proyecto de Ley de Emergencia Sanitaria que cuenta con 36 artículos, una disposición adicional única, tres disposiciones transitorias y tres disposiciones finales.
Para esta sesión se espera la asistencia de autoridades del Ministerio de Salud para hacer una explicación detallada sobre los objetivos, alcances y medidas extraordinarias que se adoptarán en una emergencia sanitaria.
El proyecto de ley fue remitido por parte del Ejecutivo para su análisis y debate a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y su fin es establecer medidas para proteger la vida, la salud, la integridad y el bienestar de la población ante una emergencia sanitaria en todo el territorio nacional.
Entre las acciones sanitarias que menciona el proyecto están que “las autoridades competentes podrán adoptar medidas de tratamiento, hospitalización o control cuando se aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia del peligro para la salud de la población, debido a la situación sanitaria concreta de una persona o grupo de personas o por las condiciones sanitarias en que se desarrolle una actividad, entre otras”.
Establece en el inciso ‘a’ del artículo 4 que “con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, además de realizar las acciones preventivas se podrán adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.
El inciso ‘b’ indica que “cuando un medicamento, un producto sanitario o cualquier producto necesario para la protección de la salud que se vea afectado por falta de abastecimiento y para garantizar su mejor distribución, el Ministerio de Salud podrá establecer el suministro centralizado por la administración y condicionar su prescripción a la identificación de grupos de riesgo, la realización de pruebas analíticas y diagnósticos, complementación de protocolos, envío a la autoridad sanitaria de información sobre el curso de los tratamientos o a otras particularidades semejantes”.
Se menciona también la creación de un Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias, como una instancia consultiva y decisoria multidisciplinaria, encargada de la articulación y coordinación interinstitucional de las políticas públicas adoptadas para la atención de emergencias en el marco del presente proyecto de ley.
Este Consejo estará conformado por los ministerios de la Presidencia, Salud y Educación, Economía, Gobierno, Defensa, Justicia y Transparencia Institucional, Planificación del Desarrollo, Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Hidrocarburos y Energías, Relaciones Exteriores y Desarrollo Productivo y Economía Plural.
Entre sus competencias, la instancia interinstitucional, de acuerdo a la situación, podrá convocar a otras carteras de Estado, instituciones públicas y privadas, organizaciones sociales y comunitarias, según la temática a tratar.
Este Consejo se activará inmediatamente efectuada la declaratoria de emergencia sanitaria y desarrollará sus funciones entre tanto se mantenga dicha declaratoria.
El documento una vez aprobado por la Comisión de Salud, en sus dos instancias, en grande y en detalle, será remitido al pleno de la Cámara de Diputados este jueves para su correspondiente análisis, según lo informó el presidente de la Cámara Baja, Freddy Mamani.
“El jueves se iniciará el tratamiento en sesión de plenaria del proyecto de Ley de Emergencia Sanitaria”, ratificó la autoridad.
Proyecto de ley crea el Consejo Nacional Estratégico de Emergencia Sanitaria
Debe estar conectado para enviar un comentario.